TEMA 2 vía
2. Los carriles reservados a determinados vehículos, como no están destinados al uso por todos los conductores de las vías públicas, no se tienen en cuenta a efectos de la normal utilización. Por ejemplo el carril de autobus, carril de aceleración o deceleración, carril para ciertas maniobras.
12. Dentro de poblado, en calzadas con al menos dos carriles reservados para el mismo sentido delimitados por marcas longitudinales, el conductor de automóviles y vehículos especiales podrá utilizar el carril que mejor convenga a su destino pero no lo abandonará más que para prepararse a cambiar de dirección, adelantar, parar o estacionar.
15. Un cambio de rasante es un lugar en el que se encuentran dos tramos de vía de distinta inclinación.
Cuando debido a su configuración no podemos ver los vehículos que circulan en uno u otro sentido, se llama cambio de rasante de visibilidad reducida. En estos tramos de vía estamos obligados a moderar la velocidad y se prohíbe invadir la parte izquierda de la calzada, cambiar el sentido de la marcha, cambiar de dirección a la izquierda, parar y estacionar.
24. Cuando circule detrás de otro vehículo, debe dejar un espacio que le permita detenerse, en caso de frenado brusco, sin colisionar con él, teniendo en cuenta la velocidad y las condiciones de adherencia y de frenado. Además, si circula sin señalar su propósito de adelantar, esta separación deberá permitir al que le siga adelantarlo con seguridad.
A estos efectos, los conductores de vehículos con más de 3.500Kg de MMA y vehículos y conjuntos de vehículos de más de 10 metros de longitud, guardarán una separación mínima de 50 metros.
Será suficiente mantener una distancia para no colisionar (no necesario guardar distancia para que nos adelanten):
- En poblado.
- Donde esté prohibido adelantar.
- Donde hubiese más de un carril en el mismo sentido.
- Cuando la circulación esté saturada.
- Cuando tenga la intención de adelantar.
25. Los peatones están obligados a transitar por la zona peatonal, salvo cuando ésta no exista o no sea practicable, en cuyo caso podrán hacerlo por el arcén o, en su defecto, por la calzada.
Se deberá de hacer de la siguiente manera:
-En vía urbana circularán por la derecha o por la izquierda, según las circunstancias.
-Fuera de poblado y en travesías, circularán por su izquierda, salvo que sea más seguro hacerlo por la derecha.
-Los que empujen un ciclo o ciclomotor de 2 ruedas, carros de mano o similares, personas en sillas de ruedas y los grupos de peatones circularán por la derecha y obedecerán las señales que sean aplicables.
-Salvo que formen un cortejo deberán marchar uno trás otro.
27. Las personas que empujan a pie un vehículo de dos ruedas que no sea un ciclo ni un ciclomotor, no son consideradas peatones, por lo tanto deberán circular por la derecha de la calzada o el arcén lo más cerca posible de su borde derecho.